
Seguros de Embarcaciones para particulares
El seguro de embarcaciones difiere enormemente entre una aseguradora y otra.
Nosotros trabajamos solo con las compañías especialistas.
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Los seguros de barcos han de cumplir con la normativa en nuestro país, que es una ley de mínimos por lo que, como decimos, debemos conocer bien las coberturas opcionales para no sorprendernos ante un siniestro.
¿QUÉ CUBRE UN SEGURO DE EMBARCACIONES?
- El seguro de barco tiene como garantía obligatorio únicamente la Responsabilidad Civil (que incluye también una pequeña cobertura para contaminación).
- A partir de ahí, entra en juego la mejor protección que cada uno de nosotros (los propietarios de las embarcaciones) queramos suscribir. La defensa jurídica y reclamación de daños, la asistencia marítima por si nos falla la embarcación o tenemos un golpe, el robo…
¿QUE COBERTURAS OPCIONALES TIENEN LOS SEGUROS DE BARCO?
Como la cobertura obligatoria, como sucede con los automóviles, es tan básica, el resto se convierte en garantías voluntarias para el asegurado:
- Asistencia marítima: para remolcar la embarcación cuando fuera necesario.
- Reclamación de daños: por si alguien nos da un golpe, tener cobertura legal.
- Cobertura por posibles responsabilidades que surjan cuando nuestro barco está varado.
- Remoción de restos: si nuestro barco, por lo que fuera se hundiera.
- Daños propios: la cobertura de Todo Riesgo de los coches, aplicada a nuestro barco.
- Poder cubrir el robo: total o parcial (de partes del barco).